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DON
GUEL JOSE
AZANZA
Caballero de la Orden de Santiago, del Consejo de Estado de S. M.
Virey, Gobernador y Capitán general de esta Nueva España y Pre-
»
sidente de su Real Audiencia &c. &c.
5-
ON fecha de 12 de Septiembre del año próximo pasado se me ha comunicado la
Real Cédula que sigue.
„ EL REY.m Con representación de treinta de Junio de mil setecientos noventa y
quatro remitió el Ayuntamiento de la Ciudad de Píura testimonio del recurso que hizo á
mi Virey del Perú, para que sin embargo de lo prevenido en el art. 8o. de la Real Ordenanza de Intendentes de aquel Reyno, concordante con el 11 de la de Nueva España, se
le permitiese continuar en la antigua costumbre de elegir los Alcaldes ordinarios para solo
un año, cuya gracia solicitaba me dignase concederle. Igual instancia se me ha hecho por
parte de diferentes Pueblos y Ciudades de América^ y señaladamente por la de México, exponiendo la incomodidad y perjuicios que se originan á aquellos mis vasallos de que los
empleos de Alcaldes ordinarios se sirvan por espacio de dos años. Y habiéndose visto todo
en mi Consejo de las Indias con lo que expusieron mis Fiscales, y consultándome sobre
ello en trece de Julio próximo pasado, he resuelto por punto general, que en todas las Ciudades y Pueblos de mis dominios de América exerzan los Alcaides ordinarros su empleo
por un solo año, observándose puntualmente las leyes, y quedando por consiguiente dero-
gados los artículos de ias Ordenanzas de intendentes que disponen lo contrario. En su
conseqüencia mando á mis Vireyes, Presidentes de mis Reales Audiencias, y Gobernado
res Intendentes de los expresados mis Rey nos d
e ias
LOO
e Islas Filipinas, qué entera-.
dos de la referida mi Real resolución, v haciéndola notoria en todos los distritos de su res-
pecliva jurisdicción, la guarden, cumplan y executen, y hagan guardar, cumplir y execu-
tar, sin embargo de lo prevenido en ios citados artículos de las Reales Ordenanzas de Intendentes, los quales derogo, y declaro por de ningún valor ni efeclo en quanto se opongan á esta mi soberana determinación, que es mi voluntad se observe puntual y exactamente en lo sucesivo. Fecha en San Ildefonso á doce de Septiembre de mil setecientos noventa y nueve.zzYO EL REY.zzPor mandado del Rey nuestro Señor. =zFrancisco Cerda. " v
Y para que la inserta soberana resolución tenga su debido cumplimiento, mando se
publique por Bando en esta Capital y demás Ciudades y Villas de la comprehension del
Virey nato, y que se remitan exemplares á los Tribunales, Ayuntamientos, Señores Intendentes y demás á quienes respectivamente toque su cumplimiento en los casos que
ocurran. Dado en Mexico á 31 de Marzo de 1800.
Miguel Joseph de Azanzq5
Por mandado de S. Exá.
Object Description
| Identifier | 0133 |
| Title | Bando. Contiene Real Cedula. El Rey resuelve que los Alcaldes ordinarios exerzan su empleo por solo un año. : Circular al Subdelegado de Tulancingo comunicando el envio del Bando anterior |
| Creator | Carlos IV, King of Spain, 1748-1819 |
| Place of Publication | San Ildefonso |
| Date-Original | 1799-09-12; 1800-04-16 |
| Year Range | 1799; 1800 |
| Total Pages | 4 pp. [1 blank] |
| Language | spa |
| Subject |
Virrey del Peru Negreyros y Soria, Josef Ignacio Cerda, Francisco Alcaldes ordinarios Asuntos legales Ordenanzas de Intendentes |
| Local Subject | Mexico/Mexican History |
| Finding Aid | http://www.lib.utexas.edu/taro/utsa/00107/utsa-00107.html |
| Collection | Sons of the Republic of Texas Kathryn Stoner O'Connor Mexican Manuscript Collection |
| Series | Reyes |
| Digital Publisher | University of Texas at San Antonio |
| Rights | Sons of the Republic of Texas |
| Date-Digital | 2011-08-10 |
| Type | text |
| Format | jpeg |
| Digitization Specifications | 300 dpi/24 bit color |
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