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Maldonado Martinez de Angulo y Bodquin , Caballero de la Orden
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de Calatrava,Comendador de Molinos y Laguna
Teniente General de la Real Armada, Virrey, Gobemador y Capi-
tan General de Nuev^a
perintendente
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soana, rresiaente de su KeaJ Audiencia, bu-
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eneral de Real Hacienda, Juez Conservador del Ramo
el Ta§|co, y Subdelegado general de Correos en el inisnio Reyno.
OR quanta S, M. se ha dignado mandar expedir la Real Cedula del tenor siguiente:
„ EL REY.izz Habiendome informado la Junta de la Inmaculada Con-
„ cepcion, de que no se celebra la festividad de este Misterio con el Oficio
£XSS^^\£m^ ae ia misma junta en i^onsuita ae nueve ae Marzo
; ^^^^^^zsm diferencia alguna se use con uniformidad en mis
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„y Misa propia que concedio la Santidad de Clemente Decimo tercio en todas las
as razones por que aun no lo
formandome con el dictamen
la misma Junta en Consulta de nueve de Marzo de este ano,he resuelto, que
ominios de America e Islas
^ Eilipinas de la Misa y Oficio propio de la Inmaculada Goncepcion, concedido en el
„ano de mil setecientos sesenta y uno a instancia mia por dicho Papa Clemente De-
„ cimo tercio en su Bula expedida a este fin, de la que se remitio copia autorizada con
^mi Real Cedula de diez de Mayo de mil setecientos sesenta y dos a los M. RR. Ar-
zobispos y RR. Obispos de las Iglesias Metropolitans y Catedrales de ellos, encargan-
doles la hiciesen pubiicar en sus Didcesis, y que aplkasen las mas prontas y eficaces
jvidencias para su^mplimTelTfoTyque su cunteoido llegase a noticia de los fieles
i la mayor brevedad , dandome cuenta de quedar asi executado. Y habiendo coniu-
st^ mi Soberana resolucion en Real Orden de veinte v nueve del mismo mes
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bernadores
arao a los
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onsejo de Camara de Indias para que disponga su cumplimiento, en
ncia mandoa mis Virreyes, Presidentes de mis Reales Audiencias, y Go-
!e los expresados mis Reynos de America e Islas Filipinas; y ruego y en-
relados de ellos, asi Diocesanos, como Regulares, guarden, cumplan y exe-
h. esr <€■ K?rcuteivy hagan guardar, cumplir y executar la referida mi Real determinacion, por ser
I N ^„ asi mi voluntad; y que los primeros esten a la mira de que se observe puntualmente
| ?:§r, su contenido. Fecha en Aranjuez a veinte y quatro de Mayo de mil setecientos ochen-
y, ta y ocho.=z YO EL REY.zzr Por mandado del Rey nuestro Senor.zzAntonio Vrentura
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) II <^nde Taranco. zzrSenalada con tres rubricas. „
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En su cumplimiento, y para que llegando a noticia de todos tenga su debida obser-
l^ancia, mando se pubfiqoe por Bando en esta Capital y demas parages del Reyno, a cuyo
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i ^in se imprimiran los correspondientes exemplares, que se dirigirau a los Senoreslnten-
entes, para que estos dispongan su publicacion en los Lugares de sus pertenencias,
companandose tambien otros con Oficios de ruego y encargo al Exmd. e Illmo.
•ejibr Arzobispo, Illmds. Senores Obispos, y Prelados Regulares y Seculares de este Vir-
^^jT}j^ey|iato, para que por su parte hagan guardar, cumplir y executar esta Soberana resolu-
c*f^;M^l Dado ee Mexico a 2 de Dictembre de 1788.
^ Manuel Antonio Flore
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Por mandado de S. E
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